GARANTÍA DE LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL: UN ANÁLISIS DOCUMENTAL SOBRE LA CELERIDAD Y EL DEBIDO PROCESO
GUARANTEE OF EFFECTIVE JUDICIAL PROTECTION IN LABOR PROCEEDINGS: A DOCUMENTARY ANALYSIS ON SPEED AND DUE PROCESS
Palabras clave:
Administración de justicia, Derecho constitucional, Derechos del trabajador, Debido proceso, Garantías constitucionalesResumen
El presente estudio constituye un avance de la tesis doctoral en Derecho Constitucional, adscrito a la línea de investigación "La garantía de los Derechos fundamentales de las personas", cuyo propósito general consistió en examinar el cumplimiento de la tutela judicial efectiva en las causas laborales mediante una evaluación crítica de la relación entre la rapidez procesal y el respeto a las garantías del debido proceso. La fundamentación teórica se estructuró sobre el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual consagra el acceso a la justicia y la celeridad como mandatos supremos que protegen al débil jurídico en la relación de trabajo. Metodológicamente, se desarrolló una investigación documental de carácter analítico-crítico, aplicando el método PRISMA (2020) para el cribado de 50 artículos de alto impacto, de los cuales se seleccionaron 16 unidades de análisis publicadas entre 2010 y 2026 en bases de datos como Scielo, Dialnet y Scopus. Los resultados revelaron una transición de la tutela formal hacia un derecho de cumplimiento material, identificando que el retardo procesal es percibido globalmente como una vulneración a la dignidad humana, lo que ha impulsado subcategorías emergentes como la digitalización plena y el uso de inteligencia artificial para mitigar la saturación administrativa. Se concluye que la celeridad no es una meta numérica, sino una garantía sustancial de los derechos humanos laborales; por lo tanto, la armonía entre la prontitud y el rigor procesal es el límite infranqueable que impide sacrificar la profundidad del debate probatorio en favor de estadísticas judiciales, reafirmando que una justicia que atropella garantías en su camino constituye una afrenta a la civilización jurídica.