IN DUBIO PRO NATURA COMO PRINCIPIO JURÍDICO FUNDAMENTAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA BIODIVERSIDAD EN VENEZUELA
IN DUBIO PRO NATURA AS A FUNDAMENTAL LEGAL PRINCIPLE FOR THE PROTECTION OF BIODIVERSITY IN VENEZUELA
Palabras clave:
In Dubio Pro Natura, Biodiversidad, Derecho Ambiental, ConstituciónResumen
El artículo que se presenta es una aproximación teórica relacionada con el principio In Dubio Pro Natura o principio Precautorio que se puede interpretar en el capítulo IX Derechos Ambientales previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999, artículos 127, 128, y 129. Además, el Principio en cuestión se encuentra enmarcado en la Ley Orgánica del Ambiente (2006), en la Ley de Gestión de la Diversidad Biológica (2008) y en la Ley de Bosques (2013), como normas sublegales a la Constitución. El objetivo del principio In Dubio Pro Natura establece que, ante situaciones de incertidumbre o cuando surjan dudas respecto a una actividad relacionada con una problemática ambiental, que genere un conflicto, debe hacerse una interpretación a la ley, con la finalidad de favorecer y proteger al ambiente. La metodología utilizada es de carácter fenomenológico, que busca describir, explicar e interpretar y estudiar las realidades complejas, que resulten más favorables para el ecosistema y la naturaleza, evitando que la biodiversidad sea tratada como un mero objeto indolente de expoliación. La fenomenología vista desde un enfoque holístico por ser universal e integrador, flexible, es trascendental para el principio In Dubio Pro Natura porque permite a las autoridades ambientales en su aplicación priorizar la situación de la naturaleza, acompañadas con estudio de impacto ambiental y sociocultural, para evitar causar daños irreversibles a la biodiversidad, por ser un recurso estratégico de vital importancia para la humanidad.