EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN LA CONSTITUCIÓN VENEZOLANA DE 1999: FUNDAMENTO AXIOLÓGICO, CONFIGURACIÓN DOGMÁTICA Y DINÁMICAS JURISPRUDENCIALES EN EL ESTADO CONSTITUCIONAL
THE PRINCIPLE OF LEGALITY IN THE 1999 VENEZUELAN CONSTITUTION: AXIOLOGICAL FOUNDATION, DOGMATIC CONFIGURATION, AND JURISPRUDENTIAL DYNAMICS IN THE CONSTITUTIONAL STATE
Palabras clave:
Dolo eventual, elemento cognoscitivo, elemento volitivo culpa conscienteResumen
El presente artículo aborda el principio de legalidad desde la cosmovisión del Derecho Constitucional venezolano, concibiéndolo no como una mera técnica de producción normativa, sino como un principio estructural del Estado y un derecho fundamental de carácter multidimensional. Se analiza su consagración en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), particularmente en los artículos 137 y el 49 numeral 6, para determinar su naturaleza jurídica, su función como límite al poder público y su interconexión con otros principios basilares del ordenamiento, tales como el de juridicidad, la seguridad jurídica y la tutela judicial efectiva. La investigación se sitúa en el marco del constitucionalismo contemporáneo, donde la fuerza normativa de la Constitución impone una reinterpretación de las categorías clásicas, obligando a superar la visión reduccionista que circunscribía la legalidad a la esfera penal para proyectarla como garantía omnicomprensiva frente a todas las manifestaciones del ius puniendi estatal. En correspondencia, la metodología empleada es dogmático-jurídica con enfoque hermenéutico, sustentada en el análisis de las fuentes constitucionales, la doctrina especializada y la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Se examina críticamente la construcción jurisprudencial en torno a la "matización" del principio en el Derecho Administrativo Sancionador, evaluando su compatibilidad con los postulados del Estado Constitucional y su impacto en la eficacia vertical y horizontal de los derechos fundamentales. Las conclusiones evidencian que, si bien la doctrina jurisprudencial ha intentado armonizar las exigencias garantistas con las necesidades funcionales de la Administración, persisten tensiones interpretativas que requieren una delimitación más precisa por parte del máximo intérprete constitucional para asegurar la vigencia plena del principio como verdadera garantía de la libertad ciudadana.Descargas
Publicado
2026-05-24
Número
Sección
Ensayos