PRINCIPIO PRO HOMINE Y LOS DERECHOS CULTURALES EN LA CONSTITUCIÓN VENEZOLANA
Resumen
El principio pro homine o pro persona es un criterio hermenéutico que informa todo el derecho de los derechos humanos, en virtud del cual se debe acudir a la norma más amplia, o a la interpretación más extensiva, cuando se trata de reconocer derechos protegidos e, inversamente, a la norma o a la interpretación más restringida cuando se trata de establecer restricciones permanentes al ejercicio de los derechos o su suspensión extraordinaria. Por su parte, Núñez (2017) sostiene que el principio de interpretación pro homine o pro persona impone aquella interpretación de las normas jurídicas que sea más favorable al ser humano y sus derechos, es decir, la prevalencia de aquella interpretación que propenda por el respeto a la dignidad humana y, en consecuencia, por la protección, garantía y promoción de los derechos humanos y de los derechos fundamentales consagrados a nivel constitucional. Desde esta perspectiva, la incorporación del principio pro persona en el derecho internacional de los derechos humanos y su recepción en los ordenamientos constitucionales latinoamericanos, en particular en el venezolano, implica una ruptura epistemológica con el positivismo jurídico clásico. Dicha ruptura no es meramente metodológica, sino ontológica, en tanto redefine la función del derecho: de ser un instrumento de poder estatal a convertirse en un espacio de emancipación humana y cultural. Así, la hermenéutica pro persona se proyecta como un principio transformador del constitucionalismo, capaz de reorientar la interpretación jurídica hacia la promoción efectiva de los derechos fundamentales y la protección de la diversidad cultural. Palabras Claves: Principio Pro Homine, Derechos Culturales, Constitución VenezolanaDescargas
Publicado
2025-11-19
Número
Sección
Ensayos