El Estado tiene entre sus funciones esenciales, la de resolver conflictos de intereses judiciales y así garantizar la paz social. Dentro de la administración de justicia, las decisiones que ponen fin al conflicto entre las partes deben ser expeditas y oportuna, materializándose de este modo unos de las garantías fundamentales del imputado que es el derecho a ser oído en un plazo razonable y de obtener respuesta a su estado legal, en un tiempo oportuno por el aparato judicial constituyendo una de las mejores garantías de la celeridad procesal. Atendiendo a esta temática se fijó como objetivo general analizar la libertad como medida cautelar sustitutiva en el marco del derecho objetivo penal venezolano. La presente investigación, enmarcada en una revisión documental empleándose la consulta del material impreso, como las diversas obras literarias, estudiando la posición de diferentes autores que han escrito sobre las dilaciones indebidas que afecta al imputado, así como la consulta de las diversas jurisprudencias del Máximo Tribunal de la República de Venezuela. Entre las conclusiones finales se tiene que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), en el Código Orgánico Procesal Penal (2021), así como en los Tratados, Pactos y Convenciones Internacionales ratificados por Venezuela, están estatuidos la premura de las decisiones y el derecho que tiene el imputado de ser oído en un plazo razonable, y no se cumple a cabalidad la referida garantía.